LOS CONVENIOS BILATERALES QUE SOPORTAN LAS INTERCONEXIONES ENERGÉTICAS EN AMÉRICA DEL SUR (RESUMEN PARA PUBLICACIÓN ENERLAC)
Griselda Lambertini
Abogada y Licenciada en Ciencias
Políticas. Especialista en Regulación Energética y Magister en Energía
de la Universidad de Buenos Aires y Coordinadora Académica en el Centro
de Estudios de la Actividad Regulatoria Energética (CEARE) de la
Universidad de Buenos Aires.
griseldalambertini@gmail.com
Recibido: 13/12/2016 y Aceptado: 24/01/2017
ENERLAC. Volumen I. Número 1. Octubre, 2017 (126-145).
RESUMEN
En el marco del proyecto
“Fortalecimiento de la Integración Energética Subregional y Mejora del
Acceso a los Mercados de Energía” desarrollado por OLADE con la
cooperación financiera del gobierno de Canadá, se promovió la
realización de un estudio para la identificación y el análisis jurídico
de los convenios que sustentan las interconexiones eléctricas y
gasíferas binacionales existentes en América del Sur. El presente
artículo provee un resumen de los principales hallazgos de este
estudio.
Respecto del enfoque del trabajo,
cabe destacar que -en general- los estudios sobre integración
energética han puesto el foco sobre las barreras u obstáculos que
afectan el desarrollo de los proyectos, a fin de proponer soluciones
para la superación de las barreras identificadas. Una mirada
alternativa consiste en analizar, para aquellos proyectos e
interconexiones energéticas que lograron concretarse y que están
actualmente en funcionamiento, cuáles fueron los elementos -en este
caso, desde el punto de vista jurídico- que han hecho viables y que
continúan soportando tales proyectos e interconexiones. Tal es el
enfoque de este estudio.
Palabras Clave:
Integración Energética Sub-regional, Convenios Bilaterales,
Interconexiones Eléctricas, Interconexiones Gasíferas, América del Sur.
ABSTRACT
Within the framework of the project
“Strengthening Sub-regional Energy Integration and Improving Access to
Energy Markets” developed by OLADE with the financial cooperation of
the Government of Canada, a study was carried out for the
identification and legal analysis of the Agreements that support the
binational electricity and gas interconnections existing in South
America. This article provides a summary of the main findings of this
study.
Regarding the work approach, it
should be noted that general studies on energy integration have focused
on the barriers or hindrances that affect the development of the
projects in order to propose solutions to overcome the identified
barriers. An alternative view is to analyze several elements - from the
legal point of view that were able to be implemented and those that
continue to support such projects and interconnections- of those
projects and energy interconnections that were able to materialize and
those which are currently under operation. Such is the focus of this
study.
Keywords: Sub-regional Energy Integration, Bilateral Agreements, Electrical Interconnections, Gas Interconnections, South America.
LOS CONCEPTOS DETRÁS DE LOS CONVENIOS
Como cuestión preliminar, se
observa que los convenios celebrados por los Estados responden a una
determinada concepción de sus intereses y posibilidades en materia de
integración. A su vez, la concepción de la integración regional se
inscribe en teorías más amplias sobre las relaciones internacionales.
Desde una perspectiva ‘realista’ o
hobbesiana de las relaciones internacionales, los procesos de
integración carecen de viabilidad, ya que para esta teoría el sistema
internacional es anárquico y no existe una autoridad capaz de regular
las interacciones de los Estados que sólo persiguen intereses propios.
En el otro extremo, la concepción
‘idealista’ ha experimentado notorios fracasos, en la medida en que ha
valorado los vínculos transnacionales entre los seres humanos por
encima de la división territorial entre Estados, sin prever mecanismos
jurídicos ni políticos para resolver eventuales conflictos entre los
intereses nacionales.
En cambio, las teorías intermedias
o ‘inter-nacionalistas’ proveen un modelo conceptual acorde a las
necesidades del proceso de integración, ya que entienden que es posible
conciliar los objetivos de la política nacional con los compromisos
integradores. Se reconoce la posibilidad de conflictos, pero se confía
en que las reglamentaciones que se acuerden permitirán facilitar su
resolución y fortalecer los intercambios.
En cuanto a los paradigmas de la
integración energética que se sucedieron en los países de América del
Sur, hasta principios de los ‘90 el Estado era el actor fundamental del
proceso integracionista y su principal beneficiario. La política
exterior de algunos Estados tenía concepción geopolítica y aspiraciones
de poder regional. La integración energética se caracterizó por
acuerdos bilaterales para resolver al mismo tiempo problemas de límites
y de poder relativo entre las naciones. La participación privada tuvo
un rol pasivo. Así, la disputa fronteriza entre Brasil y Paraguay sobre
el aprovechamiento de los Saltos del Guayrá o Sete Quedas tuvo inicio
de solución cuando se firmó un acuerdo que apuntaba a resolver la
cuestión de límites al mismo tiempo que avanzaba en la definición de
una gran central hidroeléctrica: Itaipú, un mega-proyecto que puso el
área en conflicto en condominio entre ambos países.
Durante la década del ‘90, el
proceso de integración en Sudamérica tomó un contenido neoliberal. Se
buscó la apertura a la inversión extra-regional mediante la reducción
de las barreras arancelarias y no arancelarias. En el Cono Sur, la
firma del Tratado de Asunción de 1991 que fundó el MERCOSUR desencadenó
una cooperación eminentemente económica, dando cabida a los enfoques
del neoliberalismo. La energía pasó a ser un nuevo eje de integración y
los Estados promovieron la implementación de proyectos de
infraestructura por iniciativa y a riesgo del sector privado.
En la última década se advierte un
retorno a la presencia del Estado, con énfasis en una agenda de
integración centrada en la creación de instituciones y políticas
comunes, con invitación a la inversión privada, aunque preservando los
aspectos sociales y la preocupación por superar las asimetrías en los
niveles de desarrollo de los países. En el Cono Sur, a partir de la
crisis energética de 2001 en Brasil y de la oferta gasífera limitada de
Argentina a partir de 2004, se retomó la presencia estatal en los
intercambios energéticos, subordinando las decisiones basa-das en
criterios comerciales a la prioridad del abastecimiento interno de cada
país.
Este proceso ha revelado que el
enfoque primordialmente técnico y económico no es suficiente. Se debe
incorporar el enfoque político, que tiene en cuenta los aspectos de
gobernabilidad y seguridad, y plasmarlo en instrumentos jurídicos con
compromisos directos y vinculantes entre los Estados. Las inversiones y
desarrollos a cargo del sector privado solamente se verán garantizados
a largo plazo en el marco de los compromisos estratégicos definidos y
avalados por los gobiernos.
Por ello, es posible
anticipar que los instrumentos jurídicos que perduraron en el tiempo y
que dieron sustento y respuesta adecuada a los conflictos que se
presentaron, son aquellos que fueron diseñados con una concepción
política y estratégica de las relaciones de integración. El carácter
político y estratégico de los acuerdos coloca a los Estados como
garantes de las relaciones de integración.
DE LO BILATERAL A LO MULTILATERAL
Al considerar los acuerdos que
sustentan las interconexiones energéticas existentes en América del
Sur, se observa que -a pesar de la creación de foros multilaterales- en
la práctica el proceso de integración energética ha sido abordado desde
una perspectiva bilateral.
Los grandes aprovechamientos
hidroeléctricos Itaipú (Brasil-Paraguay), Yacyretá (Argentina-
Paraguay) y Salto Grande (Argentina-Uruguay) fueron desarrollados por
los Estados a partir de la firma de tratados binacionales. Los
gasoductos que permiten exportar gas de Bolivia a Brasil y a Argentina
se sustentan sobre acuerdos bilaterales. Los protocolos de
interconexión firmados en la década del ‘90 en el marco de la ALADI,
con el objetivo de promover la inversión privada en infraestructura de
gas y electricidad, también tuvieron carácter bilateral. Los acuerdos
que sustentan las interconexiones eléctricas en el ámbito de la CAN se
desarrollaron -en la práctica-en forma bilateral (Colombia-Ecuador y
Ecuador- Perú).
La bilateralidad de los vínculos
energéticos entre los países de América del Sur resulta, sin dudas, un
punto de partida valioso. Sin embargo, se ha advertido que los
problemas que derivan de los vínculos puramente bilaterales están
relacionados con la falta de diversificación de la demanda y de la
oferta de los bienes energéticos. Al relacionarse solamente un país con
recursos naturales y otro país con posibilidades de in-versión, se
presenta una rigidez en los intereses de cada una de las partes. Tal
rigidez resulta una amenaza para la necesaria flexibilidad y el mutuo
beneficio que cabe esperar de los intercambios. Por el contrario, un
esquema de integración energética multilateral permitiría alcanzar los
objetivos de diversificación de oferta y demanda, seguridad de
abastecimiento y mayor equidad en el aprovechamiento de los recursos.
De tal modo, en este estudio se
analizan los instrumentos jurídicos bilaterales, porque son los que han
dado sustento efectivo a la materialización de las transacciones y de
la infraestructura de interconexión. No obstante, se espera un avance
hacia esquemas de integración multilaterales con el objetivo de
alcanzar una mayor complementariedad productiva y comercial entre
países con dotaciones de factores disímiles, otorgando mejores
posibilidades de acortar las diferencias de desarrollo relativo
existentes.
LAS INTERCONEXIONES ELÉCTRICAS Y LOS CONVENIOS QUE LAS SUSTENTAN
Figura 1. Interconexiones eléctricas.
Fuente: CIER.
En la década del ‘70, Sudamérica
fue pionera en el desarrollo de aprovechamientos hidráulicos
compartidos: Salto Grande sobre el río Uruguay; Itaipú y Yacyretá sobre
el río Paraná. Los tres complejos hidroeléctricos se encuentran
actualmente en operación y continúan rigiéndose por los tratados
internacionales que les dieron origen.
De la mano de estos proyectos
surgieron las primeras interconexiones binacionales eléctricas de
transmisión de potencia en bloque: entre Argentina y Uruguay, Argentina
y Paraguay, Brasil y Paraguay. Paralelamente se establecieron
interconexiones transfronterizas de potencia menor, con funciones de
respaldo y de emergencia para la demanda local limítrofe. Tanto las
grandes centrales hidroeléctricas como las interconexiones vinculadas
fueron impulsadas y ejecutadas por los Estados, a través de sus
organismos energéticos gubernamentales.
Con el crecimiento de los mercados
eléctricos, las interconexiones evolucionaron desde el objetivo inicial
de compartir el aprovechamiento de los recursos hidráulicos comunes y
de proporcionar respaldo local y de emergencia, hacia una mayor
integración de los sistemas a través de sus mercados y en base a una
optimización económica de los recursos disponibles. Los países firmaron
acuerdos-marco para la promoción de las in-versiones privadas en
interconexión eléctrica.
Las interconexiones realizadas en
la década del ‘90 por iniciativa privada tuvieron el propósito de
realizar ventas de potencia firme de un país a otro: es el caso de las
interconexiones Argentina- Brasil y Brasil-Venezuela. Estas
interconexiones estuvieron asociadas a contratos de largo plazo, que
aseguraban a la empresa vendedora el flujo de ingresos para cubrir los
costos y obtener el financiamiento de las obras de interconexión. La
interconexión Argentina-Chile también fue ejecutada para realizar
intercambios de electricidad en firme, pero en combinación con la
provisión de gas natural de Argentina para la generación eléctrica.
También se realizaron
interconexiones para permitir los intercambios de oportunidad en los
dos sentidos de la línea, aprovechando la diferencia de costos
marginales entre los sistemas interconectados. Es el caso de las
interconexiones Colombia-Venezuela, Brasil-Uruguay, Colombia- Ecuador y
Ecuador-Perú. Las dos primeras fueron impulsadas por las empresas
estatales, ya que los marcos regulatorios competitivos se encontraban
aún en una etapa incipiente. Las interconexiones Colombia-Ecuador y
Ecuador-Perú se ejecutaron en el marco institucional de la CAN, en una
situación en la que ya se habían implementado los mercados eléctricos
mayoristas de ambos países.
En el caso de los Países Andinos,
aun con retrasos en sus programas de coordinación y desarrollo del
mercado subregional, se ha manifestado mayor predisposición que en los
Países del Cono Sur para aceptar esquemas de regulación integrados a
nivel subregional. Esto resulta del análisis del alcance que tienen (o
pretenden tener) las Decisiones adoptadas en el marco de la CAN
respecto de los compromisos mucho más generales del MERCOSUR.
La tabla siguiente resume las
características de los grandes aprovechamientos hidráulicos compartidos
y de las principales líneas de interconexión que se encuentran en
funciona-miento en los países de América del Sur. Se han incluido
solamente las interconexiones mayores (entre 230 y 500 kV), a fin de
identificar los convenios que las sustentan.
Tabla 1. Interconexiones Eléctricas.
Fuente: Elaboración propia.
LAS INTERCONEXIONES GASÍFERAS Y LOS CONVENIOS QUE LAS SUSTENTAN
Figura 2. Gasoductos.
Fuente: CIER.
En
la década del ‘90 las perspectivas del mercado regional permitieron que
se desarrollara una gran infraestructura de gasoductos de exportación,
en especial desde Argentina hacia sus países vecinos. Sin embargo, a
partir de 2004 comenzaron las restricciones a las exportaciones, en
tanto la inyección de los productores argentinos no fue suficiente para
abastecer simultáneamente el crecimiento de la demanda interna y los
contratos de exportación.
Asimismo, la construcción del
gasoducto Bolivia- Brasil representó un gran avance en términos de
suministro de gas natural, con una capacidad máxima de transporte de 30
MMm3/día. El contrato de exportación celebrado en 1999 entre Petrobrás
e YPFB tiene una vigencia de 20 años. Si bien se consideraron proyectos
para la ampliación del gasoducto Bolivia-Brasil, Bolivia por ahora no
aumentaría la oferta actual al mercado brasileño. A partir de 2004, la
producción excedente del mercado boliviano se destinó a satisfacer en
forma creciente el consumo de Argentina sobre la base de acuerdos entre
los gobiernos y las empresas estatales.
En el caso del gasoducto
Colombia-Venezuela, la perspectiva era comenzar con un suministro
inicial de Colombia al occidente venezolano, para luego revertir el
flujo y que Venezuela exportara gas a Colombia. Esta segunda etapa se
encuentra demorada.
Del análisis de los convenios que
sustentan las interconexiones gasíferas resulta que Argentina y Bolivia
asumieron el rol de proveedores de gas natural bajo esquemas
institucionales y normativos distintos. Bolivia planteó sus acuerdos e
iniciativas de integración en torno a proyectos de inversión
específicos. En cambio, Argentina lo ha hecho en torno a acuerdos
amplios para la interconexión, que no comprendían un gasoducto en
particular, sino que establecían un marco general para las
exportaciones e importaciones, independientemente de qué obra se
ejecutase. Además, este tipo de acuerdos no preveía todas las
contingencias derivadas de los intercambios de gas, sino que remitía a
la aplicación de la legislación interna de cada país.
La tabla siguiente resume las
características de los principales gasoductos de interconexión que se
encuentran en funcionamiento en los países de América del Sur e
identifica los convenios que las sustentan.
Tabla 2. Interconexiones Gasíferas.
Fuente: Elaboración propia.
CLASIFICACIÓN GENERAL DE LOS CONVENIOS
Sobre la base del análisis de los
principales convenios bilaterales que sustentan las principales
interconexiones energéticas existentes en los países de América del
Sur, conforme fueron identificados en la sección anterior, puede
realizarse la siguiente clasificación.
Tabla 3. Clasificación de los Convenios.
Fuente: Elaboración propia.
Como
sustento de las interconexiones eléctricas, se han identificado
básicamente cuatro tipos de acuerdos: (i) los Tratados binacionales que
sustentaron la construcción de los grandes aprovechamientos
hidroeléctricos y las interconexiones asociadas, que a partir de su
carácter geo-estratégico establecieron compromisos directos y
vinculantes para los Estados; (ii) los acuerdos binacionales referidos
a proyectos de interconexión específicos, instrumentados a través de
las empresas nacionales; (iii) los marcos generales para el fomento de
las interconexiones eléctricas, utilizados especialmente en los países
del Cono Sur, que operaron como marco para que los inversores privados
celebraran contratos conforme a las regulaciones internas del país
exportador; y (iv) los acuerdos entre Estados en el marco de la CAN que
sustentan conexiones bilaterales y que tienen en miras la progresiva
integración subregional.
Respecto de los Tratados para el
desarrollo de los aprovechamientos hidráulicos compartidos, cabe
concluir que se trata de instrumentos exitosos en cuanto a su
contribución al sustento de las interconexiones. Las divergencias que
se presentaron con motivo de la permanente evolución de los mercados
-frente a un texto que por definición pretende perdurar en el tiempo-se
van resolviendo dentro del marco del propio Tratado. Una observación
similar merecen los acuerdos binacionales que sustentan las
interconexiones eléctricas Colombia-Venezuela y Venezuela-Brasil.
En cuanto a los protocolos de
entendimiento o marcos generales para el fomento de las
interconexiones, estos han sido útiles en la medida en que los
inversores privados han percibido mercados con excedentes y sobre esa
base han desarrollado la confianza suficiente para asumir compromisos
de largo plazo que permitieran el repago de las inversiones en
infraestructura. De todos modos, este tipo de acuerdos no resuelve los
problemas que pudieren presentarse cuando la evolución de los mercados
no acompaña el tipo de transacciones previstas por los inversores. No
obstante, en el caso de la electricidad, en la medida en que sea
posible recurrir a fuentes primarias de generación alternativas y
revertir el flujo de las interconexiones, los actores han logrado
reformular sus acuerdos dentro de los marcos regulatorios nacionales
aplicables.
En los Países Andinos, la
integración del sector eléctrico se estructuró sobre una base
institucional. Los acuerdos celebrados en el marco de la CAN
permitieron que las empresas estatales desarrollaran interconexiones
que, si bien hasta el presente han operado con volúmenes limitados,
están diseñadas con una mirada de largo plazo, en procura de avanzar en
la armonización y coordinación de las regulaciones nacionales para
ampliar las posibilidades de intercambio. Los acuerdos alcanzados en el
marco de la CAN, aun aquellos de carácter transitorio, presentan un
grado de compromiso de los agentes y de los organismos reguladores
nacionales que le otorgan buenas perspectivas en cuanto a los objetivos
de la integración. Si bien la Decisión 536, así como los Anexos I y II
de la Decisión 757 autorizan los contratos de largo plazo, las
regulaciones nacionales los dejaron de lado, explicitando solamente las
reglas para las TIE de corto plazo de los excedentes originados en el
despacho coordinado. Hasta el presente se trata de interconexión física
y regulación de intercambios, regulares o para emergencias. Una segunda
fase -que representaría un mayor grado de integración- seria avanzar en
proyectos de inversión comunes de generación.
En el caso de los acuerdos que
sustentan las interconexiones gasíferas, cabe concluir que solamente
los acuerdos entre Estados, referidos a proyectos específicos, han
perdurado en el tiempo y han contribuido a los objetivos de la
integración. Los convenios bilaterales firmados por Bolivia como
exportador de gas, tanto a Brasil como a Argentina fueron celebrados
por la máxima autoridad ejecutiva de cada país, mientras que las
empresas estatales se obligaron en forma directa a realizar
inversiones, construir infraestructura, comprar y vender el gas. Estos
acuerdos se mantienen vigentes, con las modificaciones que se han
considerado necesarias, y continúan respaldando las transacciones
internacionales de gas.
Los acuerdos-marco generales que
buscaron fomentar las interconexiones a cargo y riesgo de los agentes
privados fueron útiles ante la perspectiva de un mercado subregional
excedentario. Sin embargo, ante la escasez del recurso estratégico no
renovable, los acuerdos entre privados, celebrados en el marco de las
declaraciones de intención de fomento que remiten a las leyes internas
de cada país, se han mostrado insuficientes para resolver los
requerimientos cambiantes del escenario energético. Este tipo de
declaraciones de principios, sean bilaterales o multilaterales, apenas
crean las condiciones para la inversión privada, sin otorgar respaldos
concretos. Son acuerdos que solo sirven en situaciones en las que hay
excedentes. Las interconexiones gasíferas del Cono Sur se construyeron
porque los inversores privados confiaron en que los excedentes de
Argentina se mantendrían sin limitaciones. Pero en el momento de
escasez, el acuerdo binacional -e incluso al resolución multilateral
del MERCOSUR-que había dado sustento a la interconexión no fue eficaz
para resolver los conflictos. El objetivo de la integración se vio más
bien afectado y en retroceso.
Las interconexiones gasíferas
Argentina-Chile, Argentina-Uruguay y Argentina-Brasil se hicieron en el
marco de un conjunto de protocolos orientados a fomentar las
inversiones privadas en gasoductos, para llevar gas argentino a los
países vecinos. Estos protocolos, al mantener la aplicación de las
legislaciones internas de cada país, sometían cualquier faltante de gas
natural en el sistema argentino a las condiciones del principio de
prioridad del abastecimiento interno establecido en la Ley de
Hidrocarburos y en la Ley de Gas Natural de Argentina. En consecuencia,
cuando a partir de 2004 se manifestó la crisis de abastecimiento de
gas, el gobierno argentino se limitó a asegurar la observancia por
parte de los productores locales de la previa satisfacción del mercado
interno, impidiendo toda exportación hasta que no estuviere cumplida
dicha condición. No se aplicaron mecanismos de alerta temprana, ni
cupos mínimos de abastecimiento al mercado externo. La solución se dejó
librada a que las empresas privadas buscaran una forma de suplir el
suministro y, principalmente, de resolver los conflictos derivados del
incumplimiento de los contratos de exportación.
LOS LÍMITES A LA INTEGRACIÓN GASÍFERA
A fin de situar el análisis
jurídico en el escenario real de los intentos de integración gasífera
de la región, resulta pertinente aclarar que -sin perjuicio de las
mayores garantías que han representado los acuerdos binacionales
referidos a proyectos específicos de gas natural- los hidrocarburos
presentan una particularidad respecto de la energía eléctrica: son
recursos primarios no renovables, mientras que la electricidad es una
fuente secundaria de energía que puede producirse a partir de recursos
renovables y no renovables. Por ello, los compromisos asumidos por
Bolivia frente a Argentina y a Brasil también están circunscriptos a la
producción boliviana excedente. Por razones estratégicas, los países
productores tienen menor disponibilidad para comprometer sus recursos
agotables en condiciones de absoluta igualdad y no discriminación entre
el mercado nacional y los mercados extranjeros.
Cuando un país productor cuenta con
reservas intermedias (como en el caso de Argentina o Colombia), la
apertura de un mercado de exportación puede tener como objetivo
acelerar el desarrollo del sector, pero difícilmente puedan
considerarse exentos de riesgos para ambas partes los compromisos de
suministro en firme de largo plazo. Ello, por la imposibilidad de
excluir totalmente las contingencias que podrían derivarse desde el
punto de vista técnico, económico o empresarial. La evidencia empírica
de lo anterior se verificó justamente en los casos de Argentina y de
Colombia, cuyos productores de gas natural, ante fenómenos
extraordinarios de origen geológico y económico (Argentina) o climático
(sequía provocada por el fenómeno del Niño en Colombia) que afectaron
la capacidad de abastecimiento, se vieron imposibilitados de satisfacer
simultáneamente la demanda interna y la demanda de exportación.
Incluso, en países con extensas
reservas probadas de gas natural -como Bolivia o Venezuela- los
compromisos de exportación también están sujetos al riesgo de que no
llegue a desarrollarse la capacidad de inyección o de transporte
proyectada al momento de asumir tales compromisos. En 2010, Bolivia y
Argentina se vieron en la necesidad de modificar el Acuerdo Marco
suscripto en junio de 2006 para la exportación de gas boliviano a
Argentina por un plazo de 20 años, porque Bolivia no pudo cumplir con
el suministro de los volúmenes mínimos acordados. Asimismo, en todos
los casos en que Bolivia ha sufrido algún problema de confiabilidad en
su sistema, también aplicó restricciones a sus exportaciones a Brasil.
Las prioridades en el suministro de gas boliviano (abiertamente
declaradas por las autoridades gubernamentales y aceptadas por los
países importadores) son las siguientes: primero se abastece el mercado
interno, luego Brasil y, en tercer lugar, Argentina.
En definitiva, la historia de los
intercambios de gas natural en América Latina se ha limitado por ahora
a la exportación sujeta a la satisfacción de la demanda interna.
Ninguno de los acuerdos regionales ha configurado (ni siquiera como
propósito) un mercado verdaderamente integrado o común de gas. Todas
las transacciones internacionales de gas han llevado implícito el
riesgo de que no se efectivice la necesaria expansión de reservas,
producción o infraestructura en los países exportadores.
Cabe insistir en que con
independencia del alcance y de la forma de instrumentación de los
acuerdos, por su vinculación con la seguridad y con el funcionamiento
económico de un país, la energía no es una mercadería como otras, sino
que tiene carácter estratégico. Este carácter estratégico explica las
dificultades para alcanzar la integración a través de la sola
liberalización del comercio o de la construcción de interconexiones,
tal como sucede con otro tipo de bienes. Los Estados aspiran a mantener
intacta su soberanía sobre los recursos naturales y esto genera una
tensión permanente entre soberanía y voluntad de integración. Esta
tensión estará siempre presente y debe ser administrada mediante las
decisiones políticas y regulatorias adecuadas.
PERSPECTIVAS: PLANIFICACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA Y ARMONIZACIÓN REGULATORIA
En años recientes los países de la
región han realizado avances significativos en la celebración de
acuerdos para la interconexión. Hacia 2010 la CAN puso en marcha la
Agenda Estratégica Andina, a fin de ampliar el espectro de las
prioridades fijadas en el campo de la integración energética. En abril
de 2011 mediante la Declaración de Galápagos se constituyó el Sistema
de Interconexión Eléctrica Andina (SINEA) con el objetivo de
desarrollar un Corredor Eléctrico Andino. Actualmente el proyecto de
infraestructura se encuentra en etapa de diseño básico e ingeniería
para la construcción de una línea de transmisión de 500 kV que estaría
operativa en 2024, interconectando Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia y
Chile. En materia regulatoria se prevé la construcción de un mercado en
tres etapas: 1) Mercado de Corto Plazo con Despacho Coordinado entre
Colombia, Ecuador y Perú; 2) Mercado de Corto Plazo con Despacho
Coordinado y Contratos financieros entre Agentes; y 3) Mercado de Largo
Plazo, Despacho Coordinado, Contratos financieros entre Agentes,
Contratos Físicos, Planificación Regional. Se espera que esta
interacción produzca una nueva Decisión supranacional emitida por la
Comisión de la CAN, para reemplazar en forma definitiva el mecanismo de
la suspendida Decisión 536, superando los regímenes transitorios que
rigen actualmente en materia de intercambios eléctricos. Chile podrá
incorporarse a través de un acuerdo como país asociado.
En los países del Cono Sur también
se han registrado avances recientes. Entre estos avances se destaca el
objetivo manifestado por Bolivia de constituirse en el ‘corazón
energético’ de la subregión. Además de consolidar su rol como
exportador de gas, Bolivia planea exportar electricidad a los países
vecinos hasta alcanzar 10.000 MW en el año 2025. Para ello, ha firmado
convenios bilaterales con sus vecinos.
Se observa que los nuevos acuerdos
ponen el foco en dos aspectos clave para la integración energética: (i)
la planificación de la infraestructura de interconexión; y (ii) la
necesidad de trabajar fuertemente en la armonización regulatoria,
incluyendo en el caso de los Países Andinos el objetivo de contar con
una nueva norma supranacional para la regulación de las transacciones
de electricidad en la subregión.
En los próximos años estaremos en
condiciones de evaluar si estos nuevos acuerdos dieron los frutos
esperados, tanto en materia de construcción de la infraestructura
proyectada como en el aumento del volumen de las transacciones. El
hecho de que los acuerdos hagan hincapié tanto en la planificación
coordinada de la infraestructura como en la armonización regulatoria es
un buen augurio en tal sentido.
Asimismo, el pasaje de lo bilateral
a lo multilateral que se observa en los Países Andinos con la
iniciativa SINEA permite esperar -tal como se anticipó al principio de
este artículo- un proceso integrador más equilibrado. La posibilidad de
que los países puedan conectar sus fuentes y mercados energéticos en
forma de red, accediendo al tránsito por terceros países en condiciones
equitativas, permitiría a los pueblos alcanzar las ventajas concretas
de la multilateralidad y potenciar un desarrollo más armónico del
conjunto de las naciones.
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